- Adopción
- Inscripción de Nacimiento de un Hijo Nacido en Chile/Pasaportes
QUÉ ES UN INFORME CONSULAR DE NACIMIENTO EN EL EXTRANJERO (CRBA)
Un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) es un documento oficial que certifica la adquisición de la ciudadanía estadounidense al nacer para una persona nacida en el extranjero de uno o ambos padres ciudadanos estadounidenses que cumplen con los requisitos para transmitir la ciudadanía según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Los ciudadanos estadounidenses que no son ciudadanos también son elegibles para un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero, utilizando la opción de no ciudadano.
Su hijo biológico tiene derecho a la ciudadanía estadounidense si cumple UNA de las siguientes condiciones. Estas condiciones deberán haberse cumplido antes del nacimiento del niño:
- A AMBOS padres son estadounidenses y al menos uno de ellos ha residido (estado domiciliado) en Estados Unidos en algún momento antes del nacimiento del hijo/a.
- Solamente UNO de los padres es estadounidense; los padres están casados; el padre o madre estadounidense ha estado físicamente en Estados Unidos un total de al menos cinco años antes del nacimiento del hijo y al menos dos de esos años deben haber transcurrido después que el estadounidense hubiese cumplido los 14 años de edad.
- El PADRE es estadounidense, soltero; ha estado físicamente en los Estados Unidos durante al menos 5 años, dos de los cuales tienen que haber tenido lugar después de los 14 años. En este caso el padre debe consentir por escrito que le proporcionará sustento al hijo/a hasta que él o ella cumpla los 18 años de edad.
- La MADRE es estadounidense y soltera y ha estado a lo menos 365 días consecutivos (sin interrupción) físicamente presente en los Estados Unidos en cualquier momento antes del nacimiento del hijo/a. El hijo/a tiene que haber nacido antes del 11 de Junio de 2017.
- La MADRE es estadounidense y soltera y ha estado físicamente presente en los Estados Unidos por un período de al menos 5 años, dos de los cuales tienen que haber tenido lugar después de la edad de 14 años. Este requisito se aplica en casos que el hijo/a haya nacido después del 12 de Junio de 2017.
Cómo solicitar un CRBA
- Solicítelo en línea: Si desea solicitar el CRBA en la Embajada de Estados Unidos en Santiago, puede calificar para solicitar el CRBA de su hijo a través de
Ahora puede solicitar un CRBA en forma electrónica con la Embajada de Estados Unidos en Santiago. Este nuevo programa permite a los padres norteamericanos completar la solicitud de CRBA en línea, subir todos los documentos necesarios y realizar el pago antes de la entrevista en persona.
O
2. Directamente en la Embajada con el formulario DS-2029
Si usted no califica o no puede solicitar el CRBA en línea, puede completar la solicitud llenando el formulario DS-2029
1. COMPLETE LA SOLICITUD EN LINEA: eCRBA

A partir de Octubre 2023, puede solicitar un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) en forma electrónica.
- Después de completar su solicitud, debe venir a la Embajada de Estados Unidos en Santiago para su entrevista en persona.
- La solicitud para un CRBA debe realizarse antes de que el menor cumpla 18 años. Recomendamos que los padres soliciten el CRBA lo más pronto posible después del nacimiento del menor. La solicitud del pasaporte norteamericano debe hacerse en forma separada, por ejemplo cuando vengan a la entrevista en persona.
Este nuevo proceso (eCRBA) permite a los ciudadanos norteamericanos completar la solicitud en línea, subir todos los documentos que se requieren y realizar el pago antes de la entrevista en persona.
Debe cumplir con estos requerimientos para solicitar el CRBA en línea:
- El menor nació en Chile
- Tiene menos de 18 años
- Al menos uno de los padres es norteamericano cuando nació el menor
- Puede pagar con una tarjeta de crédito/débito apta para compras internacionales o método de pago directo en el página oficial del gobierno de Estados Unidos Pay.Gov
- Usted es el padre biológico del menor para el cual está solicitando el CRBA.
PASO 1 Cree una cuenta en MyTravelGov
Para comenzar la solicitud, debe crear una cuenta en MyTravelGov. MyTravelGov es un portal seguro y encriptado.
PASO 2 Completar la información
Complete solicitud eCRBA. Escanee y suba los documentos a medida que el programa se lo pida.
Documentos:
El programa lo guiará a través del proceso y le permitirá escanear y subir los documentos. Puede escanear, guardar y subir los documentos en cada sección de la aplicación eCRBA como archivo JPG. Usted debe traer los documentos originales más una fotocopia de cada uno a su entrevista en persona donde los verificará un Oficial Consular
- Certificado de Nacimiento del menor emitido por el Registro Civil (Certificado para todo trámite)
- Cédula de identidad del menor, si la tiene.
- Pasaporte(s) norteamericano de o los padres norteamericanos.
- Pasaporte o identificación vigente del padre no norteamericano.
- Certificado de matrimonio, si aplica. Si se casaron en Chile, por favor ingrese el certificado de matrimonio para todo trámite emitido por el Registro Civil
- Prueba de término de matrimonio con el padre/madre del menor, si corresponde, o de matrimonios anteriores (decreto de divorcio, anulación de matrimonio o certificado de fallecimiento).
- Documentos que pruebe presencia física en los Estados Unidos antes del nacimiento del menor. Algunos ejemplos incluyen: registros escolares de High School (concentración de notas o transcripts), concentración de notas o transcripts de la Universidad, registros de empleo, certificaciones de Seguro Social (Social Security Statement), registros médicos o dentales.
PASO 3 Realice el pago
El valor del importe por el servicio eCRBA es de 100 dólares. En el sitio oficial de pago Pay.Gov perteneciente al gobierno norteamericano, se aceptan tarjetas de crédito o débito que puedan realizar pagos internacionales o un método de pago directo.
Por favor tenga en cuenta que si desea solicitar un pasaporte, deberá hacerse cuando tenga la entrevista en la Embajada. El costo del pasaporte debe pagarse directamente en la Embajada.
PASO 4 Agende su cita
Agende su cita usando nuestro sistema de citas en línea. Deberá agendar una cita para cada solicitante. Por favor agende su cita mínimo 5 días hábiles después del pago. Esto dará tiempo para que se procese el pago antes de su entrevista.
- Seleccione ‘Report the birth abroad of a child of a U.S. citizen and/or apply for the child’s first passport.’
- Imprima la información de su cita la que aparecerá tan pronto confirme su cita. No recibirá un correo electrónico o recordatorios.
PASO 5 Asista a su cita
Asista a la Embajada el día de su cita con los documentos originales más una fotocopia de cada uno de ellos. Los documentos originales le serán devueltos después de revisar su solicitud. El menor y los padres deben estar presente en la entrevista.
PASO 6 Solicite el pasaporte norteamericano para su hijo
Recomendamos que solicite el pasaporte norteamericano ya que es el único documento de viaje permitido para ingreso a los Estados Unidos. Para información de cómo solicitar un pasaporte para menor, por favor visite nuestra página web. Puede solicitar el pasaporte el momento de su entrevista en persona en la Embajada. Tenga en cuenta que es necesario un juego adicional de fotocopias de algunos documentos con la solicitud de pasaporte DS 11 (certificado de nacimiento, pasaportes, documento de identidad).
2. Solicitud de CRBA usando el formulario DS-2029
Use esta opción si no cumple con los requisitos para solicitar un CRBA en línea o desea hacerlo en persona en la Embajada.
PASO 1 Documentos
Si ha determinado que su hijo es elegible para un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), debe reunir los documentos que se enumeran a continuación.
Deberá presentar todos los documentos en original y una fotocopia de cada uno (excepto del formulario DS2029, solo se necesita el original). Todos los documentos originales le serán devueltos al final de su cita. Tenga en cuenta que si también solicita el pasaporte para el menor, deberá traer fotocopias adicionales de los documentos que se requiere para solicitudes de pasaporte para menores (consulte el número 9 a continuación)
- Formulario DS-2029. Puede imprimir el formulario desde la página web eFORM del Departamento de Estado para asegurarse de que está utilizando la última versión. Busque el número de formulario en el cuadro de búsqueda en la parte superior de la página principal (DS-2029). Se puede acceder al formulario en línea utilizando Google Chrome (no Internet Explorer) para abrir el enlace. Puede completarlo en línea o escribirlo de manera legible en letras mayúsculas. La solicitud debe completarse con tinta negra. Por favor imprima cada hoja por separado.
- Certificado de Nacimiento del menor emitido por el Registro Civil (Certificado para todo trámite)
- Cédula de identidad del menor, si la tiene. Original y una fotocopia.
- Pasaporte(s) norteamericano de o los padres norteamericanos. Original y una fotocopia.
- Pasaporte o identificación vigente del padre no norteamericano. Original y una fotocopia.
- Certificado de matrimonio, si aplica. Si se casaron en Chile, por favor provea el certificado de matrimonio para todo trámite emitido por el Registro Civil
- Prueba de término de matrimonio con el padre/madre del menor, si corresponde, o de matrimonios anteriores (decreto de divorcio, anulación de matrimonio o certificado de fallecimiento). Original y una fotocopia.
- Documentos que pruebe presencia física en los Estados Unidos antes del nacimiento del menor. Algunos ejemplos incluyen: registros escolares de High School (concentración de notas o transcripts), concentración de notas o transcripts de la Universidad, registros de empleo, certificaciones de Seguro Social (Social Security Statement), registros médicos o dentales.
PASO 2 Solicitud de pasaporte norteamericano
Recomendamos que solicite el pasaporte norteamericano ya que es el único documento de viaje permitido para ingreso a los Estados Unidos. Para información de cómo solicitar un pasaporte para menor, por favor visite nuestra página web.
Puede solicitar el pasaporte el momento de su entrevista en persona en la Embajada. Tenga en cuenta que es necesario un juego adicional de fotocopias de algunos documentos con la solicitud de pasaporte DS 11 (certificado de nacimiento, pasaportes, documento de identidad).
Formulario DS-11. Puede imprimir el formulario desde la página web eFORM del Departamento de Estado para asegurarse de que está utilizando la última versión. Busque el número de formulario en el cuadro de búsqueda en la parte superior de la página principal (DS-0011). Se puede acceder al formulario en línea utilizando Google Chrome (no Internet Explorer) para abrir el enlace. Puede completarlo en línea o escribirlo de manera legible en letras mayúsculas. La solicitud debe completarse con tinta negra. Por favor imprima cada hoja por separado.
PASO 3 Agende su cita
Agende su cita usando nuestro sistema de citas en línea. Deberá agendar una cita para cada solicitante. Por favor agende su cita mínimo 5 días hábiles después del pago. Esto dará tiempo para que se procese el pago antes de su entrevista.
- Seleccione ‘Report the birth abroad of a child of a U.S. citizen and/or apply for the child’s first passport.’
- Imprima la información de su cita la que aparecerá tan pronto confirme su cita. No recibirá un correo electrónico o recordatorios.
PASO 4 Asista a su cita
Asista a la Embajada el día de su cita con los formularios, documentos originales más una fotocopia de cada uno de ellos. Los documentos originales le serán devueltos después de revisar su solicitud. El menor y los padres deben estar presente en la entrevista.
El proceso para obtener un CRBA y pasaporte es de aproximadamente 5-7 semanas.
Se le entregará información sobre la obtención de un número de seguro social cuando se le entregue el CRBA y pasaporte
Tarifas consulares y métodos de pago
- Reporte Consular de Nacimiento usando el formulario DS 2029 — US$100.00
- Solicitud de pasaporte para menor de 16 años usando el formulario DS11– US$135.00
- Solicitud de tarjeta de pasaporte para menor de 16 años usando el formulario DS11– US$15.00 (opcional)
- Solicitud de Pasaporte para mayor de 16 años usando el formulario DS-11- US$165.00
- Solicitud de tarjeta de pasaporte para mayor de 16 años usando el formulario DS11- US$30.00 (opcional)
Medios de Pago:
- Efectivo, en dólares o pesos chilenos.
- Tarjeta de crédito. El titular de la tarjeta debe estar presente en el consulado para firmar el recibo y presentar una identificación con fotografía (carnet o pasaporte)
No se aceptan pagos con cheques personales o con tarjeta de débito (Redcompra).
Envío de CRBA y pasaporte a través de DHL
Si desea, podemos enviar los documentos por DHL. Deberá comprar una guía para despacho en una oficina de DHL o solicitarla por correo electrónico. Acá encontrará las instrucciones.
Si tiene alguna pregunta que no ha sido cubierta en la información, por favor envíe un correo electrónico a santiagousa@state.gov
Cómo puede adquirir la ciudadanía estadounidense mi hijo adoptado o en caso que no cumpla con los requisitos para transmitir ciudadanía a un hijo biológico?
Si su hijo es adoptado o usted no cumple con los requisitos necesarios para transmitirle ciudadanía estadounidense, su hijo podría adquirir la ciudadanía automáticamente a través de la ley Child Citizenship Act (CCA) of 2000 al cumplir los requisitos establecidos por esta ley. La ley CCA permite que ciertos hijos de estadounidenses nacidos en el extranjero, biológicos y adoptados, adquieran automáticamente a la ciudadanía estadounidense. Estos hijos no son concedidos la ciudadanía estadounidense al nacer sino al ingresar en los Estados Unidos como residente legal permanente.
Información importante para hijos con doble nacionalidad:
Tenga presente que es probable que su hijo tenga la nacionalidad chilena por haber nacido en Chile. En ese caso, su hijo también debe tener pasaporte y cédula de identidad chilena al viajar fuera de Chile, aún cuando tenga pasaporte estadounidense. Los pasaportes y cédulas de identidad chilenas se solicitan en el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Según la legislación chilena un menor de 18 años que viaja solo o en compañía de uno de sus padres, debe presentar autorización notarial de ambos o de aquel que no viaje, acompañado además de certificado de nacimiento. Si el menor viaja con sus padres, éstos deben presentar el certificado de nacimiento del menor para comprobar el parentesco. Estos documentos se presentan a Policía Internacional. Para consultas adicionales de este tema debe comunicarse con Policía Internacional. Este requisito aplica a menores de cualquier nacionalidad.
AVISO IMPORTANTE: SE PROHIBE EL INGRESO DE CUALQUIER TIPO DE ARTICULO ELECTRONICO, INCLUIDOS TELEFONOS CELULARES Y COMPUTADORES PORTATILES.