Servicio Notarial
Información Importante: Los servicios notariales se proporcionan con cita previa. Usted debe programar su cita electrónicamente al final de la hoja. Lea cuidadosamente la información a continuación antes de programar su cita.
- Si no puede asistir a su cita, tenga la amabilidad y cancele su cita en línea utilizando la contraseña proporcionada en la confirmación de la cita o envíenos un correo electrónico a SantiagoUSA@state.gov.
- Recuerde que estas citas no son para servicios de visa o consultas respectivas.
- Si ha sido contactado por la Administración del Seguro Social con respecto a un servicio solicitado y se le ha informado que vaya a la Embajada, envíe un correo electrónico a SantiagoUSA@state.gov para obtener información adicional.
- Debe programar una cita para cada servicio individual. Por ejemplo, si usted pertenece a una familia de cuatro integrantes y solicita cuatro pasaportes, debe programar en línea cuatro servicios, no un solo servicio. Si solo programa una cita pero solicita varios servicios, es posible que se le solicite que reprograme su cita.
En caso que usted firme un documento actuando como representante de una empresa, sociedad o de un tercero, debe traer la personería o poder que acredite tal calidad de representante.
Un oficial consular puede ejercer funciones de notario público para documentos que han de tener efectos en los Estados Unidos.
Si usted necesita notarizar su firma en un documento que ha de ser presentado en Estados Unidos, debe venir en persona con el documento y presentar una identificación oficial (carnet chileno o pasaporte). El nombre que aparezca en el documento debe coincidir con el nombre que aparece en el documento de identidad. Si usted es una mujer casada, puede presentar su certificado de matrimonio junto a su documento de identiddad si los nombres en el documento y su identificación no coinciden.
El Consulado no produce ni imprime ningun documento. Tampoco tenemos modelos de documentos. Usted debe traer su documento preparado y nosotros solamente completaremos con los timbres de la notarización.
No podemos entregar ningun tipo de asesoría legal acerca del documento ni de su presentación. Es usted quien debe informarse con la entidad que esté solicitando este documento en Estados Unidos, o con un abogado antes de venir a la Embajada y entregar instrucciones claras acerca del servicio notarial que usted necesita al personal consular que le atienda.
Tenga presente además que si el documento le pide adicionalmente a la certificación del notario la firma de uno o más testigos, usted debe presentarse a su cita con su(s) testigo(s). Nuestro personal consular no puede actuar como testigo de su firma. No presentarse a su cita con la suficiente presparación puede resultar en demoras importantes en el servicio. Si el documento no se notariza en forma correspondiente debido a que no fueron proporcionadas instrucciones claras al personal consular, la tarifa consular no es reembolsable.
Solicitar una Certificación del Pago de Pensión
Si usted necesita evidencia que recibe beneficios del Seguro Social, usted puede pedir un certificado de verificación. Esta carta es algunas veces llamada carta de “presupuesto”, “beneficios”, “ingresos”, o “adjudicación”.
Para pedir la certificación en la Embajada de los Estados Unidos, por favor pida una cita para servicios de notaría en este link: https://cl.usembassy.gov/es/u-s-citizen-services-es/notaries-public-es/
El día de su cita por favor presentar:
- Pasaporte o cédula de identidad vigente.
- Documento al día del Seguro Social indicando la cantidad mensual que recibe. Si no tiene esta documentación del Seguro Social indicando su ingreso actual, por favor use el siguiente formulario en línea para pedirlo: SSA: https://ar.usembassy.gov/es/u-s-citizen-services-es/seguro-social/fbu-formulario/.
Tarifa Consular
El servicio de notario tiene un costo de US$50.00 por firma y timbre notarial. Las tarifas consulares pueden pagarse en dinero efectivo (dólar/peso) o con tarjeta de crédito. No se aceptan pagos con cheque ni con tarjeta de débito (Redcompra).
Programe su cita electrónicamente
Cada persona que necesite un servicio notarial debe concertar una cita individual. Al programar su cita electrónicamente usted debe seleccionar la siguiente categoría: “Request notarial and other services not listed above”. Al programar su cita aparecerá en pantalla una hoja de confirmación. Usted debe imprimir la hoja de confirmación para presentarla el día de su cita. Esta confirmación NO es enviada a su correo electrónico, por lo que debe estar preparado para imprimir al momento de agendar la cita. Se permitirá el ingreso a la Embajada solamente 15 minutos antes de su cita. Si usted se presenta a la Embajada sin la hoja de confirmación, es probable que no se le permita el ingreso a la Embajada y deberá agendar su cita nuevamente.
AVISO IMPORTANTE: SE PROHIBE EL INGRESO DE CUALQUIER TIPO DE ARTICULO ELECTRONICO, INCLUIDOS TELEFONOS CELULARES Y COMPUTADORES PORTATILES.
Volver a Preguntas Frecuentes.
LOS SIGUIENTES SERVICIOS NOTARIALES/LEGALIZACION NO ESTAN DISPONIBLES EN LA EMBAJADA
1.Legalización de documentos oficiales emitidos en Chile para su uso en Estados Unidos.
El Convenio de la Haya del 5 de Octubre de 1961 Suprimiento la Exigencia de la Legalización de documentos Públicos Extranjeros (Convenio de la Apostilla) entró en vigencia en Chile el 30 de Agosto de 2016. Debido a lo anterior, la Embajada de los Estados Unidos en Santiago ha suprimido el servicio de legalizaciones a partir de la fecha señalada. Puede encontrar más información sobre la Apostilla para documentos públicos Chilenos en la página del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile en el siguiente link.
2. Legalización de documentos oficiales emitidos en Estados Unidos para ser presentados ante alguna institución chilena.
Un Cónsul de los Estados Unidos en Chile no tiene autoridad para legalizar ningún documento oficial emitido en los Estados Unidos.
El Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convenio de la Apostilla) ha sido implementado en Chile el 30 de Agosto de 2016.
Como resultado, los documentos públicos emitidos en Estados Unidos que deban ser usados en Chile ya no están sujetos a la obligación del proceso de legalización. Estos documentos estadounidenses pueden ser apostillados por la autoridad competente del estado emisor en EE.UU. Puede encontrar un listado de esas autoridades aquí . Si se trata de documentos federales, éstos pueden ser apostillados por la Office of Authentications del Departamento de Estado de EE.UU. Una vez que se obtiene la Apostilla, no se requiere otra forma de legalización.
La única excepción en que certificamos documentos oficiales emitidos en EE.UU. es para certificados de montos de pensiones mensuales para pensionados del Social Security, Veterans Affairs y OPM. Si este es el servicio que usted requiere, por favor envíe un email a santiagofbu@state.gov
Puede leer más sobre Legalizaciones y Apostilla en la página web del Departamento de Estado (en inglés) en el siguiente link: https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/travel-legal-considerations/internl-judicial-asst/authentications-and-apostilles/office-of-authentications.html
3. Legalización de Documentos de Estudio chilenos, incluidos concentración de notas, diplomas, certificados o cualquier otro documento emitido por un colegio o universidad chilenos
La embajada no legaliza ni otorga copias certificadas de ningún documento relacionado con estudios en Chile para uso en Estados Unidos por un acuerdo de 1983 entre el Departamento de Estado y el Departamento de Educación de Estados Unidos.
Si necesita un certificado de equivalencia de notas entre el sistema chileno y el estadounidense, o quiere obtener más información sobre estudiar en Estados Unidos, contacte EducationUSA
4. Legalización de Documentos de Estudio estadounidenses, concentración de notas u otros certificados emitidos por entidades de educación en EE.UU. para ser presentados ante alguna institución chilena
Vea el No. 1, más arriba “Legalización de documentos oficiales emitidos en Estados Unidos para ser presentados ante alguna institución chilena”.
El Departamento de Estado y nuestras embajadas y consulados en el exterior cesaron en 1983 de legalizar documentos académicos, concentraciones de notas y títulos y de dar copias autorizadas de dichos documentos. Vea el siguiente link (en inglés) para obtener más información http://travel.state.gov/content/passports/english/abroad/legal-matters/academic-credentials.html
5. Medallion Signature Guarantee
El cónsul no está autorizado para proporcionar el servicio “Medallion Signature Guarantee”. “Medallion Signature Guarantee” no es un servicio notarial y solo una institución financiera participando en la comisión U.S. Securities and Exchange Commission (SEC) puede garantizar la firma al vender o transferir valores. No hay otra forma de verificación de firma aceptable para transferencia de valores.
6. Notarizar la firma para un documento que será usado dentro de Chile
Solo un notario chileno tiene jurisdicción para notarizar firmas en documentos que serán usados dentro de Chile o que han de ser presentados ante una entidad Chilena.