Si bien la Embajada tiene como objetivo procesar los casos tan pronto como sea posible, habrá mayores tiempos de espera para completar los servicios de visa debido a retrasos considerables Dadas las condiciones locales, los recursos limitados y otros desafíos continuos relacionados con la pandemia de coronavirus, las citas de visa están sujetas a cambios con poco o ningún aviso.
La salud y la seguridad tanto de nuestros solicitantes de visa como de la fuerza laboral siguen siendo nuestra máxima prioridad. Cualquier solicitante con síntomas como tos, dolor de garganta o fiebre debe reprogramar su entrevista de inmediato.
- Las tarifas de la visa de no inmigrante se han extendido: El Departamento de Estado extenderá la validez de los pagos de visa de no inmigrante (conocidas como tarifas de MRV) hasta el 30 de septiembre de 2023, para permitir que todos los solicitantes quienes no pudieron programar una cita de visa como resultado de la suspensión de la rutina operaciones consulares una oportunidad para programar y / o asistir a una cita de visa con la tarifa ya pagada.
- La disponibilidad de citas es limitada: Debido a personal limitado y la alta demanda, las citas para algunas categorías tienen largos tiempos de espera, aun así, se agregan citas nuevas continuamente. Si no puede fijar una nueva cita, consulte el sitio web con frecuencia para obtener fechas de entrevistas adicionales.
- Citas de emergencia: Para todas las clases de visa, y particularmente para los solicitantes de visa de estudiante, si tiene una necesidad urgente de viajar, siga la guía proporcionada en https://ais.usvisa-info.com/es-cl/niv/information/faqs para solicitar una cita de emergencia.
- Se reanudaron los servicios de visa de exención de entrevistas: La elegibilidad para postularse como un caso de exención de entrevista se determina en función de las respuestas proporcionadas en línea durante el proceso de programación de la cita. Inicie el proceso de solicitud aquí: https://ais.usvisa-info.com/es-cl/niv/. Las solicitudes B1 / B2 no son eligible para la exención de entrevistas.
- Si ya tiene una visa de plena validez emitida en Santiago, que aún es válida o que expiró hace menos de 48 meses, puede ser elegible para renovar su visa sin una entrevista (o sea, por correo). Esto excluye a los solicitantes de la categoría B1/B2.
- Además de los ciudadanos chilenos, los residentes permanentes de Chile de otras nacionalidades que recibieron su visa anterior en Santiago pueden renovar mediante una exención de entrevista.
- Tenga en cuenta que los solicitantes calificados por primera vez para visas H2A (y sus dependientes) también pueden solicitar visas con una exención de su entrevista, desde ahora hasta el 31 de diciembre de 2022.
- Si Ud. no califica para el procesamiento de la exención de entrevistas, deberá presentarse a una entrevista en persona. Si debe presentarse a una entrevista, el tiempo de procesamiento demorará más tiempo.
- Tenga en cuenta que Ud. debe encontrarse físicamente en Chile para enviarnos la documentación por correo. Ud. no puede tramitar una visa o una renovación si se encuentra residiendo en los Estados Unidos.
- Si califica para la exención de entrevista, su solicitud quedará en una “lista de espera virtual”. Una vez que la Sección Consular esté lista para procesar su solicitud de visa, Ud. recibirá un segundo correo electrónico con instrucciones de cómo enviarnos su pasaporte y documentos requeridos vía mensajería. El tiempo de procesamiento para solicitudes sin entrevista es de 2 hasta 10 semanas desde el momento que la Embajada reciba todos sus documentos. Si la Sección Consular determina que Ud. debe presentarse a una entrevista, el tiempo de procesamiento demorará más tiempo. No es posible dar prioridad a solicitudes de visa sin entrevista ya que éstas serán aprobadas en el orden en que sean recibidas.
- Si requiere devolución de su pasaporte SIN visa por favor visite nuestro navegador para Visa de No Inmigrante para ver las instrucciones.
- Aviso para las familias: Con el propósito de procesar las solicitudes de manera mas rápida, solicitamos que las familias se registren como grupo familiar y que envíen junta toda la documentación. Si Ud. pertenece a un grupo familiar y está tramitando una visa en forma separada, por favor indique el nombre del solicitante principal cuando envíe sus documentos vía mensajería y cuando se comunique con la Sección Consular.
- Aviso sobre pago de reciprocidad: Si necesita pagar la tasa de reciprocidad adicional deberá hacerlo presencialmente en la Embajada. La Sección Consular se contactará con Ud. para darle instrucciones adicionales en caso que requiera pagar esta tasa. No envíe efectivo.
Restricciones de Viaje / Entrada Relacionadas con COVID-19
Restricciones adicionales de entrada para viajes por COVID19: Los viajeros a los Estados Unidos pueden estar sujetos a requerimientos adicionales, basados en las regulaciones COVID 19 nacionales y estatales de los Estados Unidos, que incluyen entre otros, la divulgación de información de salud, el test de PCR, y/o un periodo de cuarentena. Visite el sitio web del Centro de Control de Enfermedades para orientación especifica de su lugar de origen, ruta de transito, y destino en los Estados Unidos: https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/travelers/testing-international-air-travelers.html
Información General de Visas
Bienvenidos a la sección de Visas de la Embajada de Estados Unidos en Santiago. Esta sección proporciona información sobre los requisitos de visas. El tipo de visa requerido dependerá del propósito de su viaje. Por favor, revise la información sobre visas de no inmigrante aquí o de visas de inmigrante aquí.
AVISO:Para garantizar un distanciamiento físico seguro, la programación de citas se ha planificado cuidadosamente. Por lo tanto, a los solicitantes de visa que lleguen más de 5 minutos antes de la hora programada para su cita NO SE LE PERMITIRÁ LA ENTRADA. A los solicitantes que lleguen más de 15 minutos después de su cita programada se les pedirá que reprogramen la cita.
TIEMPO DE ESPERA Y PROCESAMIENTO DE ENTREVISTA: Por favor, planifique con anticipación. Asegúrese de planear su viaje con anticipación. Visite Tiempo de Espera y Procesamiento de Entrevista.
Todos los solicitantes deben estar conscientes que los tiempos dados son promedios actuales, y no están sujetos a fluctuaciones abruptas estacionales. El tiempo de espera de procesamiento no incluye el tiempo requerido para requisitos especiales o de procesamiento administrativo. En dichos casos, el tiempo de espera de procesamiento variará basado en las circunstancias individuales de cada solicitud.
La Embajada sugiere encarecidamente a los solicitantes de visas de no-inmigrantes a solicitar su visa a los Estados Unidos con bastante anticipación a la fecha de programación de su viaje. Se ruega no efectuar planes de viajes irrevocables (pasajes sin devolución) hasta que tengan en su poder el pasaporte con la visa ya emitida.
NOTA: Si usted posee un pasaporte emitido antes del año 2013 (color azul sin chip), usted no es elegible para utilizar el programa Visa Waiver. Visite el Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program)para saber si califica. Si no califica y sólo cuenta con este tipo de pasaporte, le recomendamos solicitar una visa.
Visite nuestro sitio web de Global Support Services (GSS) para obtener información completa sobre cómo solicitar una visa estadounidense de no inmigrante, incluido un directorio de categorías de visas de no inmigrante. Siempre asegúrese de planificar con anticipación su viaje a los EE. UU. Visite los tiempos de espera de visas para conocer los tiempos de espera actuales de las citas para visas. Para nacionales de terceros países (no residentes en Chile), el tiempo de espera actual para todas las categorías de visa es 368 dias.
INFORMACION IMPORTANTE – NO SEA VICTIMA DE FRAUDE
Existen sitios de internet fraudulentos que se hacen pasar por sitios oficiales del Gobierno de los Estados Unidos. Algunas de estas compañías que intentan confundirse con organismos oficiales han solicitado dinero para completar sus formularios, hacer otros trámites de solicitud de visas, etc. Algunas de ellas utilizan dominios como “.com”, “.org”, o “.net”, entre otras, los cuales son dominios no gubernamentales. Las páginas web del Departamento de Estado de los Estados Unidos siempre utilizan el dominio “.gov”.
Las terceras personas o intermediarios que cobran un valor para ayudar a los viajeros a registrarse en el ESTA “NO” pertenecen al gobierno de los Estados Unidos, y sólo pretenden cobrar dinero y difícilmente podrá recuperar los fondos enviados.
Sólo existe un sitio oficial para el ESTA: https://esta.cbp.dhs.gov.
Contáctenos
Para comunicarse con un representante de servicio al cliente, visite la página Contáctenos de GSS para obtener mayor información o utilice la información de contacto que se encuentra continuación:
- Teléfono: Los operadores del Centro de Servicio de Información de Visas están disponibles de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 20:00 p. m., para llamadas telefónicas para responder preguntas, aceptar pagos y programar citas. La respuesta de voz interactiva (IVR) está disponible las 24 horas.
- Desde Chile: +(56-2) 25829335
- Desde USA: (1) 7032494664
- Correo electrónico: Contáctenos aquí.
Cómo solicitar visa
Toda la información que usted necesita para solicitar una visa, como por ejemplo, pagar la tasa consular, fijar una fecha de entrevista y seleccionar el lugar de entrega de su pasaporte, se encuentra en esta página: https://ais.usvisa-info.com/es-cl/niv/information/niv, incluyendo un listado de las categorías de visas de no inmigrante. Por favor, lea el proceso completo y siga las instrucciones en orden de manera que fijar su fecha de entrevista sea lo más fácil y sencillo posible. Más información sobre las categorías de visa está disponible en travel.state.gov.
También puedes ver este video explicativo:
Visas de Tipo Oficial y Diplomáticas
Para más información sobre cómo solicitar visas de tipo oficial y diplomáticas, presione aquí.
Visa Inversionista en los Estados Unidos (E1/E2)
Para más información sobre cómo solicitar visas de E1 y E2, presione aquí.
Traducción para la entrevista de visa
Los solicitantes que no puedan realizar sus entrevistas en español y / o inglés pueden traer un traductor personal a su cita para la entrevista de visa.
-
Los traductores pueden ayudar con una sola cita a la vez dentro de la embajada:
- Cita de un sólo solicitante
- Una sola familia que comparte un horario de cita
- Los traductores no pueden permanecer en la sala de espera con varios solicitantes que tienen citas de entrevista separadas.
- Los traductores deben ingresar con su solicitante (o familia) a través del control de seguridad, proceder directamente con el solicitante a la sala de espera, ayudar con la traducción y partir al mismo tiempo que el solicitante.
- Los solicitantes e traductores deben hacer una fila como todos los demás solicitantes de visa en la entrada de visitantes de la embajada.
- Se permite la entrada para los solicitantes que asisten a entrevistas con intérpretes de acuerdo al horario de la cita para la entrevista de visa. Los solicitantes no deben llegar más de 5 minutos antes de la hora programada para la cita. Los solicitantes que lleguen tarde a sus citas no serán admitidos.
La imposibilidad de cumplir con estas pautas resultará en el negarle el ingreso.
Entrevistas de emergencia
Para solicitar una cita urgente / de emergencia, el solicitante primero debe completar el formulario de solicitud de visa en línea DS-160. En segundo lugar, el solicitante debe pagar su tarifa de MRV y programar una cita a través del Servicio Oficial del Sistema de Información y Citas de Visas para la Embajada de los Estados Unidos. Recién ahí podrá programar una cita y podrán solicitar que la Sección Consular le otorgue una fecha de cita anterior en circunstancias de emergencia.
El Servicio Oficial del Sistema de Información y Citas de Visas maneja la programación de todas las citas de entrevistas, incluidas las solicitudes de adelanto de citas debido a circunstancias de emergencia. Puede solicitar una cita urgente en el sitio web del Servicio Oficial del Sistema de Información y Citas de Visas ( https://ais.usvisa-info.com/en-cl/niv ) seleccionando el enlace “Solicitar adelanto” en la “Página de resumen de la solicitud” y siguiendo las instrucciones.
Las citas de emergencia se otorgan a discreción de la Sección Consular. A continuación podrá ver una lista de ejemplos de las circunstancias típicas que pueden merecer una consideración favorable durante las operaciones de visa de rutina. Durante las operaciones de visas suspendida, probablemente se reducirá. La disponibilidad de recursos, las regulaciones locales y otras restricciones relacionadas con una suspensión, incluida la salud y la seguridad del personal de la Embajada y los clientes de visas, pueden limitar o retrasar el procesamiento de la visa, incluso en caso de emergencias.
Durante las operaciones de rutina, se podía acelerar una cita de visa para:
- Una emergencia médica que involucra la muerte de un pariente inmediato, una enfermedad grave o un accidente potencialmente mortal que tiene lugar en los Estados Unidos. Incluya la siguiente información en la solicitud de adelanto: el nombre, la relación, el lugar y la descripción del asunto, y la información de contacto del médico tratante o de la funeraria.
- Un solicitante de una visa de estudiante o visitante de intercambio (F / M / J) cuya I-20 o DS-2019 muestra una fecha de inicio anterior a la primera cita de visa disponible.
- Una necesidad inesperada de viajar a los Estados Unidos para reuniones urgentes relacionadas con el trabajo, conferencias o capacitación.
En todos los casos, se espera que el solicitante traiga a la entrevista documentación que corrobore la emergencia además de esos formularios y documentos de respaldo normalmente requeridos.
La Sección Consular se esfuerza por responder a la solicitud lo más rápido posible a fin de agilizar las solicitudes. Si se acepta el requerimiento del solicitante para una cita urgente, éste recibirá una notificación a través del Servicio Oficial del Sistema de Información y Citas de Visas con una nueva fecha y hora para presentarse en la Sección Consular. Si la solicitud no se aprueba, el solicitante debe asistir a la cita original.
Las solicitudes de citas adelantadas deben recibirse a través del sistema de programación en línea para su consideración. Para obtener más información, visite: https://ais.usvisa-info.com/en-cl/niv/information/faqs#need_earlier_appt .
No envíe solicitudes de citas urgentes por correo electrónico, ya que no se pueden procesar por correo electrónico.
Nota: La concesión de una cita adelantada de ninguna manera garantiza la emisión de la visa. La ley de los Estados Unidos impone la carga de calificar para cualquier visa únicamente al solicitante.
Proceso Administrativo: INA Sección 221(g)
Si su visa ha sido rechazada por la sección INA 221(g), su caso se encuentra en un proceso administrativo. Para más información, puede visitar a www.ais.usvisa-info.com/es-cl/niv/information/faqs o https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/administrative-processing-information.html (en inglés)
Si a su caso le falta documentación, puede enviar los documentos escaneados a la Embajada siguiendo las instrucciones de nuestro navegador de visas de no inmigrante aquí. Si debe enviar documentos originales, envíelos a través de DHL. La información sobre el envío de documentos por correo se puede encontrar en las preguntas frecuentes aquí: https://ais.usvisa-info.com/en-cl/niv/information/faqs.
Inelegibilidades y Permisos Especiales (Arrestos, Amonestaciones y Condenas)
- Resumen
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) establece las condiciones que se deben cumplir antes de que un solicitante pueda obtener una visa. Las situaciones que hacen que un solicitante de visa sea inelegible para una visa, llamadas “inelegibilidades de visa”, se encuentran en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y otras leyes de inmigración. El INA también contiene disposiciones para que ciertos solicitantes que no califican soliciten permisos especiales para su inelegibilidad.
Cuando usted solicita una visa, el Oficial consular determinará, según las leyes estadounidenses vigentes, si califica o no para recibir la visa solicitada. Si usted califica, la visa se emitirá después de que se complete todo el procesamiento necesario. Sin embargo, si el Oficial consular determina que usted no califica para recibir una visa, según las leyes señaladas en la Sección 212 (a) INA, su solicitud será rechazada. Se le informará verbalmente y por escrito el motivo del rechazo según la ley vigente. El Oficial consular también le informará si usted califica para solicitar un permiso especial para su inelegibilidad y le entregará más información.
- Arrestos, Amonestaciones y Condenas
Si alguna vez ha sido arrestado y/o condenado por un delito en cualquier parte del mundo, debe declararlo al solicitar una visa. En casos en donde un arresto tuvo como resultado una condena, usted puede ser inelegible de forma permanente para recibir una visa y requerirá un permiso especial para viajar a Estados Unidos.
- Documentos relacionados con arrestos, amonestaciones y condenas
El día de la entrevista consular, por favor presente al Oficial los documentos judiciales referentes al delito y sentencia, idealmente con una traducción oficial al inglés, para así agilizar el proceso. Si adicionalmente se debe procesar un permiso especial para usted para poder viajar a Estados Unidos, los documentos deben ser presentados obligatoriamente en inglés.
- Delitos cometidos en Chile
Si usted ha sido arrestado y/o condenado por un delito en Chile, debe obtener los documentos judiciales del tribunal en donde fue juzgado. Estos documentos judiciales deben mostrar la naturaleza del delito(s) cometido(s) o que actualmente están pendientes en su contra, y si corresponde, la(s) sección(es) de la ley infringida y la sanción o multa real impuesta. Si el arresto no resultó en una condena, puede presentar junto con su solicitud los documentos relacionados con el arresto, el día de su entrevista consular. Además, debe presentar un “Certificado de Antecedentes para fines particulares” obtenido del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Este certificado no debe tener más de 3 meses de antigüedad con respecto al día de su entrevista consular. Si ya no tiene en su poder los documentos judiciales, debe ponerse en contacto con el tribunal correspondiente que aparece señalado en el Certificado de Antecedentes.
- Delitos cometidos en Estados Unidos
Si usted ha sido arrestado y/o condenado por un delito en Estados Unidos, debe obtener los documentos judiciales del tribunal en donde fue juzgado. Estos documentos judiciales deben mostrar la naturaleza del delito(s) cometido(s) o que actualmente están pendientes en su contra, y si corresponde, la(s) sección(es) de la ley infringida y la sanción o multa real impuesta. Si el arresto no resultó en una condena, puede presentar junto con su solicitud los documentos relacionados con el arresto, el día de su entrevista consular. Si ya no tiene en su poder estos documentos, debe ponerse en contacto con el tribunal correspondiente para obtenerlos; puede visitar el sitio web: http://www.uscourts.gov/.
- Delitos cometidos en otros países que no sean Chile o Estados Unidos
Si usted ha sido arrestado y/o condenado por un delito en Estados Unidos, debe obtener los documentos judiciales del tribunal en donde fue juzgado. Estos documentos judiciales deben mostrar la naturaleza del delito(s) cometido(s) o que actualmente están pendientes en su contra, y si corresponde, la(s) sección(es) de la ley infringida y la sanción o multa real impuesta. Si el arresto no resultó en una condena, puede presentar junto con su solicitud los documentos relacionados con el arresto, el día de su entrevista consular. Si ya no tiene en su poder estos documentos, debe ponerse en contacto con el tribunal correspondiente en el país donde el delito fue cometido.
- Permisos Especiales para Visas de No-inmigrantes & Duración del Proceso
Si se determina que usted tiene una inelegibilidad para recibir una visa de no inmigrante según la Ley de Inmigración de EE. UU. y se le ha informado que se presentará una solicitud para obtener un permiso especial en su nombre, tenga en consideración que su solicitud puede tomar seis meses aproximadamente a partir de la fecha de entrevista de visa. Además, durante el tiempo que dure este proceso, no es necesario que su pasaporte permanezca en poder de la Sección Consular, si no que puede solicitarle al Oficial que se lo devuelva, y luego cuando el proceso haya concluido, y la visa haya sido aprobada, le solicitaremos a usted que nos lo haga llegar al Consulado para la emisión de su visa.
No podemos determinar cuánto tiempo tomará su solicitud, esto dependerá de cada caso, y tampoco existe forma de que usted verifique el estado de su solicitud. Tan pronto obtengamos una respuesta, nos pondremos en contacto con usted vía email.
Por favor tenga en consideración:
- Si se le solicita que envíe documentos adicionales vía email, el gran volumen de emails que recibimos a diario nos impide enviar “acuses de recibo”.
- Es responsabilidad de cada solicitante revisar el email proporcionado en su solicitud de visa y en su cuenta creada en el Servicio de Información de Visa (incluidas las bandejas de correo no deseado) para ver si existe alguna actualización en su caso. Si su dirección de correo electrónico cambia, asegúrese de actualizarla en su cuenta creada en el Servicio de Información de Visa, en: https://ais.usvisa-info.com/es-CL/niv
- El tiempo señalado que podría demorarse una solicitud de permiso especial es sólo estimado. Aconsejamos que los solicitantes no realicen planes de viaje hasta que la solicitud de visa haya sido procesada por completo y la visa haya sido emitida y recibida.
- Como se ha señalado previamente, lo contactaremos en cuanto la revisión de su solicitud haya sido completada. Debido a la alta demanda de emails recibidos diariamente, no nos es posible responder a todas las consultas acerca del estado de una solicitud pendiente.
Parejas con Acuerdo de Unión Civil o Convivientes
La ley de Inmigración de Estados Unidos no reconoce el Acuerdo de Unión Civil o las relaciones entre convivientes o novios, por lo tanto, este tipo de parejas no califican para solicitar una visa de dependiente. En este tipo de casos, se requerirá que el o la “conviviente” califique para la visa por sí mismo(a). Además, si esta persona forma parte del núcleo familiar del solicitante principal y tiene como propósito principal viajar a EE.UU. para acompañar a su pareja, podrá solicitar una visa de turismo B-2. Junto con esto, si esta persona pretende estudiar o trabajar durante su estadía en EE.UU., deberá obtener una visa de estudiante o de trabajo apropiada.
El Oficial de Inmigración en el puerto de entrada determinará cuánto tiempo la persona puede permanecer en EE.UU. El portador de una visa de turismo B-2 puede ser admitido por un periodo inicial de seis meses, el cual se podría extender por otros seis meses más. Las personas que deseen permanecer por más de seis meses, deberán solicitar una extensión de su estadía con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. que tenga jurisdicción con respecto al lugar de residencia en el país.
Como la solicitud se basa principalmente en la relación de la persona con su pareja, se requerirá además que se proporcione evidencia de la relación, como por ejemplo, copia de dividendo conjunto, contrato de arriendo, cuentas bancarias, etc. Junto con esto, se recomienda que las parejas postulen a la visa de forma conjunta. Si esto no es posible, se requerirá que el o la dependiente presente una copia de la visa del solicitante principal, además de los documentos mencionados anteriormente.
Pasaportes Perdidos o Robados con Visa para los EE.UU.
Los solicitantes deben enviar una copia a la Sección Consular de la denuncia que hizo a Carabineros por el pasaporte perdido o robado con la visa, antes de la fecha de la entrevista y traer otra copia de la denuncia a la entrevista. En la entrevista se exigirá un certificado de viaje de Policía Internacional que muestre todos los viajes realizados durante los últimos 10 años.
Envíe un correo electrónico a aquí con la palabra “PERDIDO/ROBADO” en la línea del tema y para proteger la identidad del solicitante proporcione:
- Nombre completo del solicitante.
- Fecha de nacimiento.
- RUT.
- Número del pasaporte perdido.
- Fecha de emisión de la visa (si se conoce).
- Denuncia de Carabineros.
Si se necesita nueva visa, el solicitante debe seguir los pasos como se menciona en Cómo solicitar visa (ver tercer acordeón).
Nota: Para la entrevista, el solicitante debe traer la Denuncia de Carabineros y Certificado de Viajes (10 años) de Policía Internacional.
Preguntas Frecuentes Relacionadas con el Formulario DS-160
Antes de llenar el Formulario en Línea DS-160 por favor lea cuidadosamente estas preguntas y respuestas.
Nota Importante: Debe traer para su entrevista la Página de Confirmación la cual imprimirá al terminar de completar su formulario DS160 y la cual trae el código de barra y número. No debe traer el resto del formulario. Si no trae la Página de Confirmación el día de su cita perderá su entrevista.
Preguntas y Respuestas:
P: ¿Dónde puedo encontrar el formulario DS-160?
R: Se encuentra en https://ceac.state.gov/genniv/
P: ¿Qué documentos debo tener a la mano antes de comenzar a completar el formulario DS-160, para no demorar el proceso?
R: Antes de entrar al sitio del formulario DS-160, por favor tenga la siguiente documentación a mano:
- Pasaporte válido para cada postulante;
- Pasaportes anteriores con las fechas de viajes anteriores a los EE.UU. u otros países;
- La fecha de las visas que se le hayan otorgado anteriormente;
- Fechas de viajes anteriores a los EE.UU.;
- Fecha y lugar de nacimiento de cada postulante;
- Datos personales de los padres de cada postulante (incluyendo a los adultos y aunque los padres hayan fallecido), como también la fecha y lugar de nacimiento de ellos;
- Nombres, direcciones y números telefónicos de los parientes en los EE.UU.;
- Información del lugar donde se piensa hospedar en los EE.UU. (nombre, dirección y teléfono de contacto de quién usted estará visitando).
P: ¿Qué debo tener en cuenta al momento de completar el formulario DS-160?
R: Es muy importante que responda en forma clara y completa, con información precisa y honesta. Ingresar “no aplicable” no es aceptable si no responde a la pregunta. Si las respuestas no son completas y correctas, el día de la entrevista, el solicitante sufrirá demoras en su trámite ya que le será requerido completar una nueva solicitud y regresar otro día. Si los solicitantes no contestan todas aquellas preguntas cuya respuesta aplican directamente a sus casos, su solicitud puede ser rechazada. Esta nueva solicitud no minimiza el requisito de demostrar lazos fuertes tanto económicos como sociales fuera de los Estados Unidos.
P: ¿Hay preguntas en español? ¿Mis respuestas pueden ser en español?
R: No, pero usted puede seleccionar el idioma español y desplazar el cursor de su computadora sobre la pregunta para una traducción inmediata al español. En la esquina superior derecha al desplegar la forma hay un menú donde se puede elegir.
Todas las respuestas de su solicitud, exceptuando algunos casos debidamente señalados, deben ser en inglés, utilizando caracteres en inglés exclusivamente. Aquellas solicitudes que se contesten en cualquier otro idioma que no sea el inglés pueden ser rechazadas, por lo que usted podría requerir realizar todo el trámite nuevamente.
P: ¿Qué sucede si poseo datos pertenecientes a mi idioma español?
R: Si bien el formulario debe ser respondido en inglés y deberá utilizar caracteres en inglés, deberá utilizar datos en el idioma original cuando se le solicite proporcionar por ejemplo su dirección, su nombre completo o datos en su alfabeto nativo. Cabe destacar que letras como ñ, é, ü etc., no son reconocidos por el sistema. Por ejemplo, los nombres como Müller, Muñoz y García, deberán escribirse Muller, Munoz y Garcia.
P: ¿Todos los campos del formulario DS-160 son obligatorios?
R: La mayoría de los campos del formulario DS-160 son obligatorios. Usted podrá dejar vacíos los campos, que son aquellos que digan “Optional” (Opcional). Algunos campos también se pueden llenar con la opción “Does Not Apply” (No Aplica). Si la información de ese campo efectivamente no aplica para usted, podrá marcar en la casilla continua “Does Not Apply” (No Aplica).
El resto de los campos debe ser llenado: la solicitud no le permitirá seguir avanzando en el proceso, si las casillas marcadas como obligatorias están vacías. En este caso, un mensaje de error se desplegará en la pantalla de su computadora y usted deberá contestar estas casillas para poder continuar a las siguientes preguntas. Si usted no contesta preguntas que le aplican, su solicitud podría ser rechazada.
P: El formulario DS-160 me da la opción de cargar una fotografía a mi solicitud. ¿Debo hacerlo para completar el formato?
R: Sí. Se requiere que usted cargue la fotografía en forma electrónica. El formato DS-160 le proporciona la opción de cargar su fotografía; por favor lea cuidadosamente las instrucciones con los requerimientos de la fotografía estipulados en la pregunta siguiente. Si la misma no cumple con los requerimientos mencionados, el sistema le rechazará la foto. Tenga en cuenta que de todas formas debe intentar cargar una fotografía, ya que de lo contrario el sistema no le permitirá continuar con el llenado del formulario. El sistema le permite 3 intentos para cargar la fotografía. Luego del tercer intento si el sistema rechaza su fotografía, el día de su entrevista deberá traer una fotografía con los requerimientos estipulados para que el consulado la capture por usted. Si usted no ha cargado la fotografía, el día de su entrevista su trámite será demorado.
P: ¿Cuáles son los requerimientos de una buena fotografía? ¿Cómo procedo a cargarla?
R: Cargue la fotografía: siga las instrucciones para importar la fotografía en línea. Para ello deberá tener una fotografía cargada digitalmente en su computadora, pen drive, etc., en formato JPEG (Por ejemplo un archivo de foto formato tipo: nombre.jpg) que tenga máximo 1 MB de tamaño de archivo. Fotos más pesadas no podrán ser subidas en el sistema. Oprima “Browse” para proceder a cargar su fotografía y seleccione su foto. Le recordamos verificar la siguiente guía de calidad de la fotografía:
•El tamaño de la foto debe ser de 5 cm x 5 cm.
•A color y fondo blanco.
•Foto reciente (tomada con máximo seis meses de anterioridad).
•La foto debe ser tomada completamente de frente (la persona no podrá estar mirando a la derecha, a la izquierda, arriba o abajo), y la cara deberá cubrir aproximadamente el 50% del área de la foto.
•La cara debe estar totalmente despejada, quitando el flequillo de la frente.
•Las dos orejas deberán estar completamente visibles.
•No usar: sombreros, gorros, aros, anteojos, etc., que puedan dificultar la visión del rostro.
P: ¿Debo guardar/salvar mi solicitud antes de enviarla?
R: SI. El formulario DS-160 le permite guardar los datos para poder ser reutilizado. Es muy importante guardar SIEMPRE su solicitud (ya sea en el disco duro de su computadora, en un pen drive o en un CD) durante el proceso de llenado y antes de enviarla.
Guardar su solicitud es útil por dos razones:
Primero que nada, si su solicitud es rechazada por la Embajada porque la información contenida en el formulario se encuentra incompleta (por ejemplo, su solicitud contiene respuestas incompletas o usted no contestó una pregunta crítica), usted podrá ingresar a la información ya guardada, corregir las respuestas incompletas y enviar la solicitud correcta sin tener que llenar otra vez un nuevo formato.
Además, si usted es un solicitante de visa frecuente, puede actualizar su solicitud previa para la próxima ocasión en que deba enviar nuevamente un formato para renovar su visa. Esto le ahorrará tiempo al no tener que reingresar información que no ha cambiado desde la última vez que solicitó una visa.
Si por alguna razón, la conexión de internet se interrumpe durante el proceso de llenado, usted puede volver a ingresar al sitio y recuperar de su disco la información ya cargada sin tener que comenzar desde cero.
P: ¿Debo guardar/salvar mi solicitud con frecuencia?
R: SI. Es altamente recomendable que así lo haga para evitar perder la información que está cargando. Completar el formulario a conciencia puede tomar entre 20 a 90 minutos y es mucho tiempo perdido de trabajo si usted no guarda los cambios con frecuencia. En cuanto se comienza a completar el formulario, se sugiere guardar el mismo en el disco duro y repetir este mecanismo con frecuencia, en especial cada vez que cambia de pantalla. Para ello, cada vez que desee guardar los cambios deberá realizar varios pasos: seleccionar Save / Save application to file/Browse/ Save. A los 15 minutos de inactividad, se pierde la información si no la ha salvado. Cabe aclarar que con sólo presionar “Save” sin los pasos antes mencionados, los cambios NO quedarán automáticamente guardados en su disco duro.
P: ¿Qué sucede si necesito abandonar el llenado de la solicitud por unos momentos? ¿Cómo recupero la información que ya había contestado?
R: La solicitud se “congela” aproximadamente 20 minutos después de que no se trabaja en ella. Este “congelamiento” está especialmente diseñado para proteger su privacidad. Si la solicitud se congela, toda la información provista se perderá. Para que esto no suceda, usted debe salvar y/o guardar su solicitud en intervalos regulares, mientras llena su formulario.
P: ¿Cómo guardo la solicitud a mi disco?
R: En cuanto inicia el llenado de la solicitud DS-160, luego de solicitar algunos datos (Getting Started y Personal Information), aparecerá al pie de la página la opción de guardar (“save”) su solicitud. Para hacer esto,
- Presione “Save”, el cual se encuentra en el extremo inferior de su solicitud y se abrirá una nueva pantalla “Save Confirmation”. Esta opción le permitirá guardar su solicitud como un archivo de su computadora. Seleccione la opción “Save Application to File” (Guardar Solicitud como Archivo).
- Se abre una pantalla que le pregunta si desea abrir o guardar el archivo. Deberá seleccionar “Save” (guardar) y elegir dónde desea guardar el archivo. Seleccione “save” (guardar).
- El sistema bajará de Internet su solicitud hacia aquella dirección de su computadora que usted haya elegido. Una vez que la descarga se haya completado, usted puede dar click en “Close” (Cerrar) y/o “Continue Application” para regresar a la solicitud.
- Este procedimiento deberá repetirlo cada vez que cambie de pantalla y desee conservar la información cargada. Sólo presionar “save” sin realizar los pasos mencionados NO guardará los datos cargados y perdería toda la información.
P: ¿Cómo recupero la solicitud guardada en mi disco?
R: Si usted necesita reutilizar la solicitud guardada, usted podrá usar la opción “Upload a Previous Application” (Cargar una Solicitud Previa) en el recuadro “Getting Started”(Para Empezar) en la Página de Instrucciones del Centro Consular de Solicitud Electrónica, de forma que pueda seguir utilizando la información previamente contestada y la cual ya había sido guardada en su computadora.
P: ¿Por qué los cambios que realicé en la página de revisión no se salvan y/o guardan?
R: Para que los cambios que usted realice en la página de revisión puedan ser salvados, debe utilizar los botones que se localizan en el extremo inferior de la página de navegación, en lugar de los botones adelante/atrás y/o los botones de la izquierda de la pantalla que se encuentran en el navegador.
P: ¿Debo llevar toda mi solicitud conmigo a la entrevista, o sólo debo llevar mi página de confirmación (hoja que aparece el código de barras)?
R: Usted no debe llevar toda su solicitud. Su página de confirmación es todo lo que se necesita para poder ingresar a su información. La página de confirmación es la hoja con el código de barras que usted imprimió después de completar y guardar su solicitud. Usted debe conservar consigo su hoja de confirmación durante todo el trámite de visa. Sin esta hoja de confirmación, no podrá ser posible acceder a su solicitud y de igual forma, no será posible procesar su caso.
P: Voy a viajar con mi familia o como parte de un grupo. ¿Puedo crear una solicitud de familia o de grupo?
R: Sí puede hacerlo. En la página “Thank You” (Gracias) usted verá una opción para crear una solicitud para familia o para un grupo. Cuando se selecciona esta opción, cierta información de su propia solicitud, tal como el destino del viaje, será automáticamente importada y desplegada en la nueva solicitud.
Por favor tome en cuenta que si esta opción es seleccionada, usted aún deberá crear una solicitud individual por cada miembro de la familia y/o grupo.
P: Si solicito una visa E, ¿necesito llenar el formato DS-160 y el DS-156E?
R: Cada caso varía. Si usted solicita una visa E2 como Inversionista Principal todo lo que necesita llenar es el formato DS-160. Si usted solicita una visa E como Treaty Trader, Ejecutivo/Director/Empleado para la compañía, usted o su empleador debe llenar el formato DS-156E, el cual deberá presentar el día de su entrevista.
El formato DS-161, Información para Negocios de Visas E será implementado. Mientras eso sucede, todas aquellas personas que no sean Inversionistas Principales y que se encuentren solicitando una visa E, deberán completar y presentar el formato DS-156E adicionalmente a su hoja de confirmación del formato DS-160 el día de su cita.
Nota importante: Las personas que califican como Inversionistas Principales son aquellas personas cuya compañía está establecida en un 100% en los Estados Unidos.
Si la inversión de su compañía se encuentra establecida en los Estados Unidos en un porcentaje menor al 100%, dado que el otro porcentaje se encuentra en su país de origen, usted entra en la categoría de Treaty Trader.
Procesamiento de Renovación Sin Entrevista
Procesamiento de Renovación Sin Entrevista
SOLICITANTES MENORES DE 14 AÑOS, SOLO SI APLICAN LOS SIGUIENTES:
- Uno o ambos padres deben tener una visa de turista válida (B1 / B2) (10 años).
- El solicitante no ha sido rechazado previamente.
Los solicitantes que cumplan con los requisitos arriba mencionados deberán:
- Registrar una cuenta a través de Servicio de Información de Visas.
- Reunir los documentos de solicitud de visa requeridos y enviarlos por medio del Servicio de Mensajería a la Sección Consular DHL.
Nota: Los solicitantes no deben programar una cita en el registro en línea si cumplen con los requisitos anteriores.
El paquete de solicitud debe incluir:
- Solicitud de visa DS-160 completada e impresa.
- El pasaporte válido del solicitante y pasaportes anteriores con la visa válida y cualquier pasaporte nuevo emitido desde que obtuvo la visa.
- Confirmación de pago de la tasa consular MRV
- Una fotocopia de la visa de uno o ambos padres (como corresponda).
- Certificado de nacimiento original del niño u otro documento pertinente que establezca la relación.
- Una fotografía tamaño pasaporte. Esta puede ser subida al DS-160, pero es recomendable enviar una foto actualizada también.
NOTA: El oficial Consular se reserva el derecho de solicitar una entrevista personal, para cualquier solicitante, por cualquier motivo.
SOLICITANTES DE MAYORES DE 80 AÑOS, SOLO SI APLICAN LOS SIGUIENTES:
- El solicitante no ha sido rechazado previamente.
Los solicitantes que cumplan con los requisitos arriba mencionados deberán:
- Registre una cuenta a través del sitio web de información de visas: https://ais.usvisa-info.com/en-CL/niv Servicio de Información de Visas.
- Reunir los documentos de solicitud de visa requeridos y los podrá enviar a la Sección Consular por mensajería de DHL.
- Nota: Los solicitantes no deben programar una cita en el registro en línea si se cumplen los requisitos anteriores.
- Complete la solicitud de visa DS-160 (https://ceac.state.gov/genniv/) e imprima la hoja de confirmación.
- Pasaporte válido del solicitante y pasaportes anteriores con visa válida y cualquier pasaporte nuevo emitido desde que obtuvo la visa.
- Confirmación de pago de la tasa consular MRV
- Una foto de pasaporte. Esto se puede cargar en el DS-160, pero también se recomienda enviar una foto real. Consulte los requisitos de la foto para obtener más información.
Lleve con usted la página de confirmación de servicio de mensajería impresa luego de registrarse en Servicio de Información de Visas y el paquete de solicitud a la ubicación seleccionada de entrega de documentos.
NOTA: El/La Oficial Consular se reserva el derecho de solicitar una entrevista en persona, por cualquier solicitante, por cualquier motivo. Si el solicitante no cumple con los criterios anteriores, el solicitante deberá programar una entrevista y asistir en persona.
Si el solicitante no cumple con los criterios anteriores, se le solicitará que programe una entrevista consular y asista en persona.
RENOVACION DE VISA:
Cada solicitud de visa es única. La mayoría de los solicitantes deben programar una cita para solicitar una visa de no inmigrante. En casos limitados, los solicitantes de visa no están obligados a programar una entrevista en la Sección Consular.
En Chile, los solicitantes que cumplan con los siguientes criterios pueden presentar solicitudes de visa a través del servicio de mensajería de DHL.
El solicitante debe:
- Ser ciudadano chileno, con un pasaporte chileno válido o ser residente permanente en Chile, con un pasaporte válido y poseer un RUT con residencia definitiva.
- Estar físicamente presente en Chile al momento de la solicitud de renovación con planes de permanecer en Chile hasta que se haya emitido una nueva visa.
- Solicite la misma categoría de visa.
- Que le hayan tomado las diez huellas digitales en una entrevista previa en la Embajada de Estados Unidos en Santiago.
- Solicite un C1 / D, F, M, J, I, H1B1, O y P.
- Nunca ha sido arrestado o condenado por un delito, deportado de los Estados Unidos, denegado el ingreso a los Estados Unidos o tenido otros problemas con la inmigración estadounidense.
- Tener una visa válida o una visa vencida, que tenga menos de 48 meses de vencido a partir del día en que se envía la solicitud (ACTUALIZADO 25 Marzo 2021).
Los solicitantes que cumplan los requisitos anteriores:
Nota: Los solicitantes no deben programar una cita en el registro en línea si se cumplen los requisitos anteriores.
- La solicitud de visa DS-160 completada (https://ceac.state.gov/genniv/) e imprima la hoja de confirmación.
- Pasaporte válido del solicitante y pasaportes anteriores con visa válida y cualquier pasaporte nuevo emitido desde que obtuvo la visa.
- Confirmación de pago de la tasa consular MRV.
- Una foto de pasaporte. Esto se puede cargar en el DS-160, pero también se recomienda enviar una foto real. Consulte los requisitos de la foto para obtener más información.
- Otros documentos requeridos dependiendo del tipo de visa.
- Fotocopia del RUT con residencia definitiva (solicitantes no chilenos)
Imprima la página de confirmación del servicio de mensajería después de registrarse en el sitio web del Servicio de Información y Citas de Visa e incluya este documento en los materiales de solicitud que traiga al lugar de entrega del servicio de mensajería elegido.
NOTA: El Oficial Consular se reserva el derecho de solicitar una entrevista en persona, para cualquier solicitante, por cualquier motivo. Si el solicitante no cumple con los criterios anteriores, se le solicitará que programe una entrevista y asista en persona.
Programa Summer Work & Travel
Propósito del Programa
Promover el intercambio educacional y cultural. Información Oficial del Programa Work & Travel en inglés
Requisitos Generales
- Este programa es solamente para los estudiantes que estén matriculados en universidades o institutos con el objeto de obtener un título en una institución educacional acreditada.
- El tiempo de participación no debe exceder de cuatro meses. Plazo máximo para regresar al país es el 1 de abril.
- Los solicitantes deben regresar antes del inicio de clases en Chile.
- Los solicitantes deben demostrar que retomarán a sus actividades como estudiantes después de su participación en el Programa Summer Work & Travel
- Los solicitantes que asisten a escuelas vocacionales no son elegibles para este programa.
Definición de “Estudiante”
Para el propósito del Programa Summer Work & Travel, el estudiante se define como:
Un estudiante que haya terminado la educación media, esté estudiando regularmente o esté matriculado para una carrera en una institución de educación superior acreditada, o el equivalente al sistema educacional local.
Algunos de los Documentos Requeridos
- Pasaporte válido deberá cubrir a lo menos el período del programa.
- Formulario preparado por la organización patrocinadora designada en los EEUU.
- Certificado de alumno regular, con no más de 30 días al día de la entrevista.
- Documentación que certifique su situación socio-económica en Chile.
Agencias en Chile en Orden Alfabético
- GO WEX – Go Work Exchanges International – Santiago
- Integra Ltda – Santiago – Concepción
- Intrax Chile – Santiago
- Tije Chile S.A. – Santiago
- Smaller Earth Chile – Santiago
- Student Travel Abroad Chile – StaChile – Viña del Mar – Chillán
- Universal Student Exchange Chile Ltda. – USE Chile Ltda. – Santiago, Viña del Mar
- WEUSA – Santiago y Regiones
- Work and Travel Chile (W&TCL) – Santiago
- XPA Travel & Exchange – Santiago, Concepción
NOTA: Esta lista es sólo a modo de información. La Embajada de EE.UU. en Santiago no representa ni patrocina a ninguna de estas agencias en particular.
Preguntas Frecuentes sobre el Programa Summer Work & Travel
¿Qué significan las fechas de comienzo y término en mi DS-2019?
Las fechas de comienzo y término indican cuando debes empezar a trabajar y cuando debes terminar. Puedes empezar a trabajar en cualquier momento en o después de las fecha de comienzo del programa, pero debes dejar el trabajo para la fecha de término. Si trabajas más allá de la fecha de término, no podrás participar del programa en los años venideros.
¿Cuánto tiempo antes de la fecha de comienzo del programa puedo entrar a los Estados Unidos?
Puedes entrar a los Estados Unidos hasta 30 días antes del comienzo de tu programa. Pero no puedes empezar a trabajar antes de la fecha de comienzo del mismo. Por favor recuerda que la participación en el programa no puede impedir que asistas a clases o que tomes los exámenes previamente acordados. Si pierdes clases debido a tu participación en el programa, estarás seriamente poniendo en peligro tus opciones de participar en el programa en el futuro.
¿Cuánto tiempo después de la fecha de término me puedo quedar en los Estados Unidos?
Este programa contempla una vuelta a tu país de residencia como fecha tope, el 1 de Abril. Otros programas bajo visas J1, tienen otras fechas y tiempos de regreso. El Programa SW&T en Chile tiene esta fecha como referente para futuras postulaciones. Quien se quede en los Estados Unidos más allá de esta fecha, se expone a que futuras visas sean rechazadas. Si abandonas los Estados Unidos durante el periodo del programa, no se permite que vuelvas con tu visa J1 aunque esté válida, porque ya no serás un participante del programa. Por favor ten presente que es tu responsabilidad volver a casa a tiempo para el comienzo de tus clases, sin importar la fecha en que termine el programa.
¿Puedo cambiar de trabajo mientras estoy en los Estados Unidos?
Por favor revise con su agencia patrocinadora antes de hacer cualquier cambio en su trabajo. Si cambias de trabajo sin la autorización de tu agencia patrocinadora, tu estado de participante del programa puede ser cancelado. Si tu programa es cancelado, debes salir de los Estados Unidos inmediatamente.
¿Puedo tener más de un trabajo en los Estados Unidos?
Las regulaciones del programa de intercambio no contemplan esta situación específicamente. Sin embargo, usted debe revisar con su patrocinador antes de aceptar un trabajo adicional.
¿Qué sucede si tengo un reclamo sobre la agencia patrocinadora o mi empleador en los Estados Unidos?
Puede registrar sus reclamos con el Departamento de Estado en jvisas@state.gov; fax (202) 203-5087. Sin embargo, su organización patrocinadora en los Estados Unidos es la principal responsable de su programa. Si usted tiene un reclamo sobre su empleador, usted debe contactar a su patrocinador antes que nada, para solicitar asistencia. La información de contacto de su patrocinador la puede encontrar en el recuadro # 2 de su formulario DS 2019.
¿Qué pasa si me cuesta encontrar un trabajo una vez que llegue a los Estados Unidos, o tengo dudas sobre las condiciones laborales?
Si tienes preguntas o tiene dificultad para encontrar trabajo, o tiene dudas sobre las condiciones laborales, usted debe contactar a su patrocinador. Usted también puede contactar al Departamento de Estado (jvisas@state.gov o fax (202) 203-5087). También puede contactar a la Embajada de su país o Consulado, más cercano.
Información sobre visas J-1 con Programa G
Los solicitantes de visa J-1 y sus dependientes cuyo programa sea patrocinado por el Gobierno de EE.UU. están exentos del pago del arancel consular. El programa de intercambio educacional y cultural debe ser patrocinado y financiado por el Departamento de Estado, por una Agencia de EE.UU. para el Desarrollo Internacional (USAID), o por una Agencia Federal. Para reconocer esto, el solicitante debe fijarse en el número de serie del programa que aparecerá impreso en el formulario DS-2019 (Certificado de Elegibilidad para Visitantes de Intercambio). Si el número de serie del programa comienza con G-1, G-2, G-3, o G-7, el solicitante y sus dependientes estarán exentos del pago del arancel consular.
Una vez que obtenga su formulario DS-2019 y verifique que su número de programa comienza con G-1, G-2, G-3, o G-7, complete el formulario electrónico de solicitud de visa DS-160 en el siguiente enlace: https://ceac.state.gov/genniv e imprima la hoja de confirmación que contiene el código de barras. Una vez completado el DS-160, usted puede escribirnos a SantiagoVisa@state.gov para programar una cita de entrevista. Recuerde que no es necesario registrarse en el Servicio de Información de Visas ni abonar ningún arancel. Solo debe presentarse con su pasaporte vigente, hoja de confirmación del DS-160, DS-2019 y foto 5×5 cm de frente con fondo blanco. Si su visa es aprobada, el funcionario consular le indicará como retirar su pasaporte visado.
Requisitos y algunos estudios fotográficos en Santiago
Suba una foto electrónicamente que no debe pesar más de un megabyte para poder subirla al formulario. El formulario DS-160 requiere que todos los postulantes suban su propia foto. Por favor lea los requisitos de fotografías más bajo y siga las instrucciones cuidadosamente. Si la foto no cumple con los parámetros solicitados, el sistema la rechazará.
Usted debe intentar subir su foto. De lo contrario, el sistema no le permitirá seguir completando el formulario. El programa le dará tres oportunidades para subir la foto. Si luego del tercer intento el sistema rechaza la foto, subiremos su foto en la Embajada el día de la entrevista.
Importante: Todos los postulantes deben traer además una fotografía impresa con las especificaciones requeridas a su entrevista, incluyendo a aquellos que hayan logrado hacerlo.
Requisitos para la Fotografía
Las fotografías deben ser:
- Tomadas dentro de los últimos seis meses.
- El tamaño del recuadro debe ser de 5.1 x 5.1 centímetros (51 mm), con la cabeza centrada dentro del margen. La cabeza (Medida desde lo más alto del cabello hasta lo más bajo del mentón) deberá medir entre 2.5 a 3.5 centímetros (25 mm a 35 mm) donde el nivel del ojo debe estar entre 2.8 a 3.5 centímetros (28 mm a 35 mm) desde el límite inferior de la foto.
- Fotografía en colores, contra un fondo color crema/beige. Las fotografías tomadas con fondos estampados, relieves u oscuros no son aceptables;
- Cara completa, cubriendo alrededor del 50 % del área de la fotografía. En general, la cabeza del postulante, incluyendo ambos, cara y pelo, deberán mostrar desde la corona de la cabeza hasta el tope del mentón arriba y abajo. Y desde la línea del cabello a cada lado. Las orejas deben estar expuestas.
- La foto digital no debe pesar más de un megabyte para poder subirla al formulario.
Importante
Cubiertas para el pelo y sombreros son sólo aceptables en casos de creencias religiosas, e incluso en aquellos casos, no debe cubrir ninguna porción del rostro del postulante;
Lentes de sol u otros que puedan alterar el rostro no se aceptan a menos que sean requeridos por razones médicas (por ejemplo, parches de ojo). Los postulantes que usan lentes de sol deben quitárselos para tomarse la fotografía;
No es aceptable una fotografía con una persona usando una máscara o velo tradicional que no permita una adecuada identificación;
Fotografías de personal militar, aéreo, o similar usando sombreros o gorras institucionales no son aceptables. Puede obtener sus fotos en cualquier estudio fotográfico, pero enfatice que estos son los requisitos que debe tener la foto para que sea aceptada. Puede obtener mayor información sobre fotografías de pasaporte en el siguiente link de la página web del Departamento de Estado: https://travel.state.gov/content/passports/en/passports/photos/photos.html
Reportar Fraude
Visite la página web Reportar Fraude de la Embajada en Santiago:
- Denunciar fraude y actividades ilegales
- Conocer los esfuerzos de prevención de fraude de la Embajada
- Entender las consecuencias del fraude